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Constitución de Sociedades Anónimas en Guatemala | Constitución de Sociedades Anónimas en Guatemala |
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La Constitución de Sociedades Anónimas en Guatemala; aspectos generales
Para la constitución de Sociedades Anónimas en Guatemala, como punto primordial, se sugiere al interesado a asesorarse de los aspectos legales que la regulan, previo a desarrollar el proyecto de su interés. El Asesor Legal le hará saber los derechos, incidencias, contingencias y responsabilidades de acorde al plan a concretarse. Como contribución al visitante, ponemos a su disposición algunos apuntes, que en ningún momento suplen la asesoria legal recomendada, para su conocimiento preliminar y aspectos a tomar en cuenta. Como punto de partida, vale apuntar que la una sociedad anónima es un contrato que tiene requisitos preestablecidos y solemnes que se deben de cumplir, entre los cuales se destaca que se debe formalizar en Escritura Pública para lo cual solo los Notarios pueden formalizar y autorizarlo. Previo a redactar la minuta o borrador que contiene los estatutos que regulara a la Sociedad a constituir, por el Notario de su elección, es recomendable la búsqueda y verificación de que el nombre a asignarse a la Sociedad este disponible, es decir, que no exista otro nombre similar o idéntico inscrito en el Registro, para así evitar rechazos u oposiciones de terceros (causando esto tiempo perdido y costos adicionales). El hecho de que este disponible el nombre o denominación social, no garantiza que al momento de la presentación del expediente lo siga, es decir, en el ínterin, puede haber un ingreso, y complicarse. Así mismo, ponemos a su consideración algunos aspectos a tomar en cuenta para la redacción de los estatutos que regirán a la Sociedad, siendo los siguientes:
Al haberse acordado los pactos y cumplirse con los requisitos establecidos por ley, el Notario redactará en papel especial para protocolo, el Instrumento Público que contiene la constitución de la entidad. Se les hace saber, que el Notario tiene las facultades necesarias para redactar y autorizar este Instrumento tanto dentro de la República de Guatemala como fuera, de acorde a las necesidades del cliente. Generalmente, el cliente pacta con el Notario, que este, personalmente o por medio de personal de su confianza, se ocupe de la gestión de la inscripción de la sociedad en los Registros respectivos; asi mismo de la redacción y autorización de todos los documentos y formularios necesarios para este fin. En caso contrario, se debe de estar en el entendido que con la presentación del Testimonio del Instrumento Público que contiene la Constitución de la Sociedad Anónima al Registro, no finaliza la gestión de inscripción, es un proceso de varias etapas con tiempos establecidos. Al haberse cumplido con los requisitos establecidos en ley, y efectuadas todas las diligencias respectivas ante los Registros e Instituciones encargadas de autorizar el funcionamento de la sociedad, el Registro otorga la inscripción definitiva de la Sociedad Anónima, la cual significa, sencillamente la autorización gubernamental para que la sociedad pueda operar legalmente en Guatemala; en el caso de sociedades con giros diversos, en algunos casos será necesario otros registros y autorizaciones. Es importante hacer saber al visitante y cliente, que además del registro de la Sociedad ante los Registros respectivo, es imperativo inscribirla ante la Superintendencia de Administración Tributaria (es el Organismo encargado de ejercer la administración del régimen tributario, aplicar la legislación tributaria, la recaudación, control y fiscalización de todos los tributos) y para ello se tiene un plazo determinado, y en caso de omisión, se incurre en multa y sanciones pecuniarias y administrativas. Así mismo depende de la actividad comercial de la sociedad a constituirse, se recomendará registrar o solicitar permisos especiales ante otras instituciones gubernamentales. Por ello, ante la importancia de dicha operación y resguardo de la confidencialidad del velo corporativo y asuntos financieros, es recomendable que el Asesor Legal y Notario designado para la constitución de la Sociedad Anónima, sea de su plena confianza. Para ello, en Aragón & Aragón ponemos a su disposición un breve perfil de los Abogados y Notarios que integran el cuerpo principal de la Firma, con trayectoria y experiencia en temas mercantiles y corporativos, por lo que siéntanse respaldados si somos su opción y designación para el procedimiento. Así mismo ofrecemos una gama de servicios, tales como renta de espacio físico o virtual, que facilita la constitución de la entidad e inicio de operaciones en Guatemala; renta o compra de bienes raíces; representación legal en asuntos corporativos, entre otros. Si requiere información personalizada, favor contáctenos. |
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